Solicitar el Montepío al IESS en Línea
20/04/2024
En esta guía, aprenderemos cómo Solicitar el Montepío al IESS en Línea sin tener que salir de casa. Con el avance de la tecnología, ahora es más fácil y rápido gestionar este trámite. Olvídense de las largas filas, ¡vamos a ver los requisitos y el proceso paso a paso!
Requisitos para Solicitar el Montepío al IESS en Línea 📝
Antes de iniciar el proceso, es importante tener a mano los siguientes documentos:
- Solicitud de Viudez y Orfandad impresa, que podrán generar desde el sitio web del IESS.
- Certificado de defunción del causante, obtenible del Registro Civil.
- Cédula de identidad del solicitante, en caso de ser viudo o viuda, la cédula debe mostrar el estado civil como "viudo/a".
- Copia de la cédula (anverso y reverso) y del certificado de votación del solicitante.
- Copia legible de la cédula de ciudadanía del afiliado fallecido.
- Acta de matrimonio o de Unión de Hecho actualizado, si es aplicable.
- Certificado bancario del beneficiario dirigido al IESS.
- Carnet de persona con discapacidad (si aplica).
- Si el beneficiario es un hijo mayor con incapacidad para trabajar, deben presentar los exámenes y certificados médicos que lo avalen.
- Un croquis del domicilio del solicitante (¡Google Maps al rescate!).
- Importante, el fallecido no debe tener deudas pendientes con el IESS.
Cómo obtener la Solicitud de Viudez y Orfandad del IESS 📑
Para obtener la Solicitud de Viudez y Orfandad del IESS, sigan estos pasos sencillos:
- Ingresen a la página web del IESS (iess.gob.ec).
- Seleccionamos la opción Trámites Virtuales
- Seleccionen Asegurados > Pensionistas
- En la siguiente ventana escogemos Pensión de Montepío por Viudez y Orfandad
- Introduzcan su número de cédula.
- Llenen los datos solicitados en el formulario.
- Descarguen e impriman la solicitud.
Trámite presencial en la Dirección de Pensiones y Riesgos de Trabajo del IESS
Una vez que tengan todos los documentos listos, podrán presentarlos en la Dirección de Pensiones y Riesgos de Trabajo del IESS en su localidad. Es recomendable organizar los requisitos en una carpeta o sobre manila para facilitar el proceso.
Trámite en línea a través de la Ventanilla Virtual del IESS
También tienen la opción de realizar el trámite en línea a través de la Ventanilla Virtual del sitio web del IESS. A continuación, los pasos a seguir:
- Visiten www.iess.gob.ec.
- Escojan la opción Trámites Virtuales.
- Seleccionen Ventanilla Virtual.
- Ingresen su número de cédula y hagan clic en Consultar.
- Completen la información que falte en el formulario.
- En la opción "Requerimiento", seleccionen la solicitud de montepío adecuada.
- Adjunten los documentos según su situación.
- Agreguen un mensaje para su solicitud y hagan clic en el botón Enviar.
¿Qué es el montepío y quiénes tienen derecho a recibirlo? 🧐
El montepío es una pensión mensual otorgada por el IESS a los beneficiarios del jubilado fallecido que recibía la pensión de vejez o invalidez. Los beneficiarios incluyen:
- La viuda o viudo.
- El cónyuge o conviviente por más de dos años.
- Los hijos hasta los 18 años (excepto si están incapacitados para trabajar).
- Los hijos incapacitados para trabajar, siempre que se compruebe su incapacidad.
- La madre o padre del asegurado fallecido, si dependían económicamente del causante.
Monto de la pensión de montepío 💸
El monto del montepío depende del valor de la jubilación que recibía el afiliado jubilado en vida. Si hay un único beneficiario, la pensión de viudez corresponderá al 60% de la renta del causante.
Si hay varios beneficiarios, la viuda recibirá el 60%, y el 40% restante se distribuirá proporcionalmente entre los hijos menores de edad y los padres del fallecido que tengan derecho a la pensión de montepío.
Preguntas Frecuentes
¿Cuál es el proceso para solicitar el montepío en línea?
Deben ingresar al sitio web del IESS, seleccionar Trámites Virtuales, luego Ventanilla Virtual, y completar el formulario con los datos solicitados. Adjunten los documentos y envíen la solicitud
¿Cuál es el monto mínimo y máximo de la pensión de montepío?
La pensión mínima en 2024 es de $225.00 (50% del SBU), mientras que la máxima es de $2,025.00 (450% del SBU).
¿Qué sucede si el afiliado fallecido tenía deudas pendientes con el IESS?
Si el afiliado tenía deudas pendientes, los beneficiarios aún tienen derecho a recibir la pensión de montepío.
¿Dónde puedo obtener más información detallada sobre esta pensión?
Les recomiendo revisar la Ley de la Seguridad Social, especialmente el Art. 193, y el Reglamento Interno del Régimen de Transición del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte.
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